Se ajustarían las disposiciones reglamentarias sobre los dividendos de conformidad con la reforma tributaria

Se ajustarían las disposiciones reglamentarias sobre los dividendos de conformidad con la reforma tributaria

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó un proyecto de decreto*, por el cual se ajustarían las disposiciones reglamentarias sobre el tratamiento de los dividendos o participaciones en materia del impuesto sobre la renta y retención en la fuente, armonizándolas con las nuevas disposiciones introducidas por la reforma tributaria – Ley 2277 de 2022. Entre estas modificaciones, se encuentran las nuevas tarifas del impuesto sobre la renta y la retención en la fuente sobre dividendos y participaciones que se distribuyan a partir del 1 de enero de 2023, con cargo a utilidades generadas a partir del 1 de enero de 2017 y que no hayan sido decretados en calidad de exigibles hasta el 31 de diciembre de 2022.

Por otra parte, el proyecto de norma precisa el tratamiento aplicable a los dividendos o participaciones correspondientes a utilidades gravadas provenientes de proyectos calificados como ‘megainversión’ que hayan suscrito un contrato de estabilidad tributaria a 31 de diciembre de 2022. Lo anterior, en virtud de la derogatoria de los artículos 235-3 y 235-4 del Estatuto Tributario, relacionados con el régimen de megainversiones.

Usted podrá enviar sus comentarios hasta el 10 de marzo de 2023, ingresando aquí.

Para más información, consulte el proyecto de decreto en mención a continuación:

Ver: Proyecto de decreto

*“Por el cual se reglamentan los artículos 242, 242-1, 245 y 246 del Estatuto Tributario, modificados respectivamente por los artículos 3, 12, 4 y 13 de la Ley 2277 de 2022, se sustituye el inciso 1, numerales 1 y 2 y el parágrafo 1 del artículo 1.2.1.10.4., el inciso 1, numerales 1 y 2 y el parágrafo 1 del artículo 1.2.1.10.5., del Capítulo 10 del Título 1 de la Parte 2, el inciso 1, numerales 1, 2 y 3 del artículo 1.2.4.7.3., el inciso 1, numerales 1 y 2 y parágrafo 1 del artículo 1.2.4.7.8. y el inciso 1, numerales 1 y 2, parágrafos 1, 3 y 4 del artículo 1.2.4.7.9., del Capítulo 7 del Título 4 de la Parte 2 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria relacionados con el tratamiento aplicable a los dividendos y participaciones”.

Redacción INCP

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