DIAN se refirió al tope de los ingresos para pertenecer al RST
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió el Concepto 100208192-390 del 30 de marzo de 2023 en respuesta a una consulta sobre el límite de ingresos brutos para pertenecer al Régimen Simple de Tributación (RST).
La DIAN explicó que el artículo 905 del Estatuto Tributario (E.T.) establece el límite de ingresos brutos para ser sujeto pasivo del RST, el cual ha sido modificado por la Ley 2010 de 2019, la Ley 2155 de 2021 y la Ley 2277 de 2022. De acuerdo con esta última, las personas que deseen ser sujetos pasivos del impuesto unificado bajo el RST deben haber obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios inferiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) en el año gravable anterior. Por su parte, para aquellos que presten servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales, los ingresos brutos del año gravable anterior no deben superar las 12.000 UVT.
La DIAN aclaró que pese a que la norma se emitió en el 2022, esta entró en vigor en el 2023. Por lo tanto, para la verificación del requisito de ingresos brutos para pertenecer al RST en el 2023 se deben tomar en cuenta los ingresos brutos del año gravable 2022 y utilizar la UVT del mismo año ($38.004).
Ver: Concepto RST-DIAN
Redacción INCP