Nuevas reglas para la emisión de los certificados de inversión o donación de la economía creativa
El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes (MinCultura) publicó la Resolución No. 009 del 4 de enero de 2024*, por medio de la cual modificó las reglas aplicables a la emisión de los ‘Certificados de inversión o donación en proyectos de economía creativa’ para que opere la correspondiente deducción tributaria establecida en el artículo 180 de la Ley 1955 de 2019 con las disposiciones establecidas en la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026).
Así bien, esta resolución establece, entre otras cosas, lo siguiente:
- El Grupo interno de trabajo de cooperación y asuntos internacionales tendrá un plazo de 15 días hábiles para la expedición del certificado de inversión o donación, los cuales se contarán desde el día hábil siguiente al momento en el que se recibe la certificación de cumplimiento del proyecto de economía creativa en debida forma.
- El MinCultura emitirá cada certificado de inversión o donación únicamente sobre las inversiones efectuadas en el proyecto de economía creativa durante el año fiscal, con base en la certificación de cumplimiento que suscriba la entidad de gestión. Se expedirán tantos certificados como inversionistas o donantes tenga el proyecto.
- Los certificados de inversión o donación se emitirán en medio físico, mediante la suscripción del documento que cumpla con lo establecido en la normativa. También, se podrá emitir de manera desmaterializada, caso en el cual previamente deberán celebrarse los acuerdos indispensables con el depósito de valores que se seleccione para este fin.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Resolución No. 009 de 2024 – MinCultura
*Por la cual se modifica la Resolución número 1489 de 2020 que regula la emisión de los Certificados de Inversión o Donación en Proyectos de Economía Creativa por parte del Ministerio de Cultura (artículo 180 del Plan Nacional de Desarrollo y se delega una función.
Redacción INCP