La UVB no aplica para la liquidación de la estampilla Pro-Universidad Nacional de Colombia

La UVB no aplica para la liquidación de la estampilla Pro-Universidad Nacional de Colombia

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Concepto No. 230 del 5 de abril del 2024, por medio del cual realizó una adición al Concepto General Unificado estampilla Pro-Universidad Nacional de Colombia.

Recordemos que el artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026) creó la unidad de valor básico (UVB), la cual se reajusta anualmente con la variación del índice de precios al consumidor (IPC), estableciendo que los valores denominados con base en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) o en unidades de valor tributario (UVT) ahora deberán ser calculados con base a su equivalencia en UVB correspondiente a cada año.

Sin embargo, recientemente la DIAN aclaró que conforme al parágrafo 2 del mencionado artículo del PND, la UVB no será aplicable a las cifras y valores de tributos, sanciones y, en general, a los asuntos previstos en las disposiciones tributarias, ni a los asuntos de índole aduanera y fiscalización cambiaria que se encuentren medidos o tasados en UVT.

Así bien, en atención a la naturaleza de la Estampilla Pro-Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales de Colombia, la cual es una contribución parafiscal, es decir, una especie de tributo, la UVB no resulta aplicable. Por ende, las bases gravables de dicha estampilla se deberán seguir determinando con base en la UVT.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Concepto No. 230 del 2024 – DIAN

Redacción INCP