DIAN aclara tratamiento fiscal de las acciones de sociedades extranjeras con sede en Colombia
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Concepto No. 628 del 31 de julio de 2024, donde absolvió la siguiente consulta:
¿Una sociedad nacional debe reportar en su declaración anual de activos en el exterior las acciones que tiene en una sociedad extranjera con sede efectiva de administración en Colombia?
La administración tributaria afirmó que, cuando una sociedad nacional tenga inversiones en una sociedad extranjera con sede efectiva de administración en el territorio nacional, dichas inversiones se consideran realizadas y poseídas en el exterior. En este sentido, la sociedad nacional deberá reportar las acciones en la declaración anual de activos en el exterior, con base en las disposiciones del artículo 607 del Estatuto Tributario (E.T.).
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Concepto No. 628 de 2024 – DIAN
Redacción INCP