DIAN presenta proyecto para precisar las infracciones tributarias, aduaneras y cambiarias; y los criterios de comportamiento desfavorable

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) da a conocer proyecto de resolución, “Por la cual se modifica el Artículo el Artículo 6 de la Resolución 020 de 2017, modificado por el artículo 2 de la Resolución 5244 de 2018”.
Con este proyecto normativo se desea precisar: “las infracciones tributarias, aduaneras y cambiarias, y los criterios de valoración que se debe tener en cuenta para expedir el concepto de comportamiento desfavorable de que trata el Artículo 49 del Decreto 2147 de 2019”.
Además, en este proyecto se aclara que este concepto será desfavorable en la medida en que:
- En materia Tributaria: “cuando las personas señaladas en la norma antes citada sean sancionadas por las infracciones contempladas en el Artículo 640-1; numerales 1, 2 y 3 del inciso tercero del Artículo 648; Artículo 652-1; numerales 1, 2 y 3 del Artículo 657; Artículos 658-1 y 658-2; numeral 4 del Artículo 658-3; Artículo 669; inciso 6 del Artículo 670; Artículos 671 y 869 del Estatuto Tributario.”
- En materia Aduanera: “por haber incurrido en infracción gravísima que hubiere dado lugar a la sanción de cancelación de la autorización o habilitación; o por la comisión de dos (2) o más infracciones aduaneras gravísimas o graves sancionadas con multa”.
- En materia Cambiaria: “por haber incurrido en cinco (5) infracciones cambiarias de las previstas en los numerales 2° a 5°; 7° a 10°, 15° y 24° a 27° del Artículo 3 del Decreto Ley 2245 de 2011”.
Usted puede enviar comentarios al respecto hasta el próximo 7 de junio de 2019, a través del correo electrónico: dir_fiscalizacion@dian.gov.co.
Ver: Proyecto de Resolución DIAN
Redacción INCP