MinTrabajo define proceso de afiliación al subsidio familiar y pensiones a través del SAT

MinTrabajo define proceso de afiliación al subsidio familiar y pensiones a través del SAT

El Ministerio del Trabajo emitió un proyecto de resolución en donde se define el proceso de afiliación de: empleadores, trabajadores independientes, personas naturales o jurídicas y pensionados al Sistema de Subsidio Familiar y al Sistema General de Pensiones a través del Sistema de Afiliación Transaccional (SAT).

Para la afiliación al Sistema de Subsidio Familiar, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio del Trabajo incorporarán en el portal web “miseguridadsocial.gov.co”, las funcionalidades para que los usuarios puedan realizar los trámites pertinentes y consultas acerca del mismo tema.

El usuario del SAT que va a realizar un trámite de afiliación al Sistema de Subsidio Familiar a través de la plataforma de “Mi Seguridad Social”, reportará información como: departamento, municipio, dirección donde se causan los salarios junto con la solicitud y clase de empleador.

Dependiendo del rol, el usuario que está solicitando su afiliación deberá seleccionar la Caja de Compensación Familiar.

El Sistema de Afiliación Transaccional enviará la solicitud a la Caja de Compensación Familiar seleccionada por el usuario. Una vez validada la solicitud, ésta le informará el resultado del trámite.

Por otro lado, para la afiliación, traslado y cambio de régimen al Sistema General de Pensiones, el usuario deberá, a través del mismo portal, seleccionar la administradora de pensiones en donde podrá tramitar: vinculación inicial al SGP, traslado de administradora, cambio de régimen, retracto, entre otras.

La solicitud de retracto aplicará para los trámites realizados en esta plataforma con una anterioridad no mayor a cinco (5) días.

El Sistema de Afiliación Transaccional preparará y enviará la solicitud a la Administradora de Pensiones y, una vez validada la solicitud, le responderá al Sistema de Afiliación Transaccional el resultado del trámite.

Usted podrá enviar sus comentarios sobre este proyecto de resolución hasta el 31 de octubre de 2019 a través del correo: acisneros@mintrabajo.gov.co

Ver: PR-SAT

Redacción INCP

One Response

  1. TODAVIA NO ENTIENDE UN TRABAJADOR INDEPENDIENTE EN QUE LO VA A BENEFICIAR Y PARA QUE LE SIRVE EL NUEVO INVENTO. LO QUE SI DEBIA PREOCUPARNOS A TODOS LOS A PORTANTES A PENSIONES Y AL GOBIERNO CENTRAL ES EL TERRIBLE PROBLEMA CONSISTENTE EL QUE LAS EMPRESAS ADEMINISTRADORAS DE PENSIONES NOS ESTAN QUITANDO EL 26% DE NUESTROS APORTES A PENSIONES OBLIGATORIAS ASI: SUPONGA UN SALARIO DE $1000.000. APORTES A PENSIONES TOTALES (EMPLEADOR+ EMPLEADO) 15% $160.000.oo DE ESTOS APORTES LAS ADMINISTRADORA DEBEN DESCONTAR EL 4.5% SOBRE LOS APORTES DE $160.000 $7.200. Y ESTAN COBRANDO EL 4.5% SOBRE EL SALARIO $45.000.o LO QUE DA UN MAYOR VALOR DE $37.800 QUE EQUIVALE AL 24% MAS. ESTA PUEDE SER LA DEMANDA MAS GRANDE EN LOS ÚLTIMOS 20 AÑOS CONTRA LOS ADMINISTRADORAS DE PENSIONES. POR ESO ES QUE NO DAN LOS CÁLCULOS Y QUIEREN REFORMAR LA LEGISLACIÓN DE PENSIONES. VEA EN YOUTUBE DEMANDA PENSIONES LIDERATO GRUPO JURIDICO.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

HTML Snippets Powered By : XYZScripts.com