De manera que el efecto de la abolición ha sido negativo

De manera que el efecto de la abolición ha sido negativo

Hemos censurado que sin modificación alguna la revisoría fiscal se haya extendido a entidades en las cuales los dueños o controlantes son administradores. También seguimos opuestos a la pretendida división de la profesión entre los que aplican normas de aseguramiento de información y los que no. Por más que hemos insistido, aún no se publican los argumentos que sustentan esa inesperada posición del Gobierno.

Cuando se preparaba la Ley 1314 de 2009, ya se debatía si el peso de la contabilidad y la auditoría debería ser el mismo para todas las empresas. La norma dejó abierta la puerta para la contabilidad simplificada, el aseguramiento moderado y la regulación de la auditoría integral.

En Europa, desde una perspectiva de competitividad, se estableció un régimen favorable para las pequeñas y medianas empresas (en inglés SMEs). Entre otras cosas, se liberó a muchas empresas de la obligación de tener un auditor legal o estatutario. En el año 2013, se sostuvo:

(…) Los estados financieros anuales y consolidados deben auditarse. El requisito de que se certifique mediante un informe de auditoría si los estados financieros anuales o consolidados ofrecen una imagen fiel de conformidad con el marco de información financiera pertinente no debe entenderse en el sentido de restringe el alcance de tal informe, sino de que clarifica el contexto en que se expresa. Los estados financieros anuales de las pequeñas empresas no deben someterse a esta obligación de auditoría, ya que puede constituir una carga administrativa significativa para esa categoría de empresas, a pesar de que, en numerosas pequeñas empresas, los accionistas y los directivos son las mismas personas y, por tanto, la certificación de sus estados financieros por terceros presenta para ellos un interés limitado. En todo caso, la presente Directiva no debe impedir que los Estados miembros impongan un control a sus empresas pequeñas, teniendo en cuenta las condiciones y necesidades específicas de estas empresas y de los usuarios de sus estados financieros. Por otra parte, es más adecuado definir el contenido del informe de auditoría en la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas (8). Por consiguiente, esa directiva debe modificarse en consecuencia. (…).

Ahora, (…) the Swedish National Audit Office (NAO), an independent body of the Swedish Parliament2, published a report Abolition of audit obligation for small limited companies – a reform where costs outweigh benefits3 that put this abolition into question. (…)”, en que se detallan 1) slower crowth, 2) smaller savings, 3) lack of transparency and control, 4) increased risk of economic crime includinc tax evasion, 5) more mistakes in the accounting.

De manera que el efecto de la abolición ha sido negativo. En Colombia debemos estudiar cuidadosamente cómo vigilar las empresas de una forma eficiente, es decir, sin agobiarlas con cargas inútiles. 

Fuente: Hernando Bermúdez Gómez. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 3388, 5 de marzo de 2018, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana.

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