Constituirá causal de disolución de una sociedad comercial el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha al cierre del ejercicio.

Constituirá causal de disolución de una sociedad comercial el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha al cierre del ejercicio.

Hernando Bermúdez Gómez

Tomado de CONTRAPARTIDA

Número 5345 septiembre 28 de 2020

Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana

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