En primer lugar, cada vez que exigen pronunciamientos sobre cosas ajenas a la profesión contable, las respectivas certificaciones no producen el efecto de fe pública.

En primer lugar, cada vez que exigen pronunciamientos sobre cosas ajenas a la profesión contable, las respectivas certificaciones no producen el efecto de fe pública.

Hernando Bermúdez Gómez

Tomado de CONTRAPARTIDA

Número 5401 octubre 26 de 2020

Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana

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