De ninguna manera un revisor está instituido para obrar a las espaldas de los respectivos administradores, aunque estos sean objeto de su examen.

De ninguna manera un revisor está instituido para obrar a las espaldas de los respectivos administradores, aunque estos sean objeto de su examen.

Hernando Bermúdez Gómez

Tomado de CONTRAPARTIDA

Número 5604 febrero 01 de 2021

Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana

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