El 2026 se enfrenta a una incertidumbre económica con antecedentes en el deterioro de las finanzas públicas, así como en medidas fiscales y laborales que han representado un reto para el tejido empresarial colombiano. Esta apreciación toma fuerza al evidenciar que expertos en la materia y los mismos entes de control que velan por el bienestar del erario han puesto en tela de juicio las medidas regulatorias proferidas por el Gobierno Nacional.
Balance fiscal
Tabla 1. Cifras en miles de millones sobre los ingresos y gastos del Gobierno Nacional Central.
| Concepto | 2023 (dic) | 2024 (dic) | 2025 (nov) |
| Ingresos Totales ($) | 296.365 | 281.460 | 275.926 |
| Ingresos Totales (% PIB) | 18,7 % | 16,5 % | 15,2 % |
| Gastos Totales ($) | 363.282 | 395.971 | 383.730 |
| Gastos Totales (% PIB) | 22,9% | 23,2% | 21,1% |
| Balance Total ($) | -66.917 | -114.511 | -107.804 |
| Balance Total (% PIB) |
-4,32 % | -6,7 % | -5,9 % |
Fuente: elaboración propia a partir del Cierre Fiscal del Gobierno Nacional Central y Balance Macroeconómico a noviembre de 2025, cuarto trimestre de 2024 y 2023 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
En 2023, el Gobierno Nacional cerró con un déficit de 4,3 % del Producto Interno Bruto (PIB), lo cual mostró una mejora frente al año anterior impulsada por el aumento de los ingresos, especialmente tributarios, que compensaron parcialmente el mayor gasto de ese año. Sin embargo, en 2024 el balance se deterioró de manera significativa: el déficit se amplió a 6,7 % del PIB, equivalente a 114,5 billones de pesos, lo cual representó un deterioro de 2,5 puntos porcentuales (pp) frente a 2023. Este resultado se explicó principalmente por una caída de 2,2 pp del PIB en los ingresos tributarios y un aumento de 0,3 pp en el gasto total.
Para 2025, con corte a noviembre, el déficit se ubicó en 5,9 % del PIB, es decir, 107,8 billones de pesos. Este resultado obedeció a una combinación de factores: la reducción del gasto en intereses equivalente a 1,4 pp del PIB y un leve aumento del recaudo tributario de 0,4 pp, parcialmente compensados por una caída de 0,5 pp en los ingresos de capital, un aumento de 0,8 pp en el gasto de inversión asociado al pago del rezago presupuestal de 2024 y un incremento de 0,6 pp en el gasto de funcionamiento.
De cara a 2026, esta tendencia ha suscitado preocupaciones institucionales, entre las cuales se encuentra la advertencia de la Contraloría General de la República sobre la alta dependencia de ingresos contingentes en el Presupuesto General de la Nación 2026, particularmente de una reforma tributaria por $ 16,3 billones que no fue aprobada. El presupuesto contempla gastos por $ 546,9 billones frente a ingresos estimados por $ 530,7 billones, lo que traslada la brecha a recursos inciertos. El órgano de control recordó, además, el rezago en la meta de recaudo en 2025 y las pérdidas de apropiación y constitución de reservas por baja ejecución en 2024. Como podemos observar, persistir en presupuestos sustentados en ingresos no garantizados compromete la disciplina fiscal y eleva el riesgo de mayor déficit y endeudamiento.
Reformas y medidas tributarias: presión creciente sobre el recaudo
Para suplir los mencionados ingresos contingentes, el Gobierno Nacional ha impulsado tres iniciativas de reforma tributaria. La única vigente a la fecha de publicación de este contenido es la Ley 2277 de 2022, mediante la cual se crearon nuevos impuestos, se redujeron beneficios fiscales en renta y se incrementaron tarifas efectivas de tributación. Las propuestas radicadas en septiembre de 2024 y septiembre de 2025 en el Congreso de la República no fueron aprobadas. Esto llevó al poder Ejecutivo a adoptar medidas reglamentarias orientadas a anticipar el recaudo.
En ese contexto se expidió el Decreto 572 de 2025, por medio del cual se incrementaron las tarifas de autorretención en la fuente para diversas actividades económicas. El experto tributarista Carlos Giovanni Rodríguez, miembro de la Comisión Tributaria del INCP, advirtió que dicha medida no corregía el problema estructural del recaudo, sino que anticipaba recursos a costa de la liquidez empresarial, lo que generaba saldos a favor y una sobreliquidación del impuesto de renta. El Contralor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, respaldó esta preocupación, al calificar el decreto como innecesario y señalar que la sobreliquidación del impuesto sobre la renta podría promediar el 37 % y alcanzar hasta el 72 %. Esto comprometería las devoluciones futuras y aumentaría los riesgos fiscales.
Siguiendo su línea de acción, el Gobierno expidió posteriormente el Decreto 1474 de 2025 en el marco de la emergencia económica declarada mediante el Decreto 1390 de 2025. No obstante, este último fue suspendido por la Corte Constitucional el pasado 21 de enero de 2026 e implicó la suspensión de los efectos jurídicos del Decreto 1474 de 2025.
En síntesis, estamos frente a episodios que reflejan la fragilidad de las medidas adoptadas para asegurar el recaudo proyectado y la creciente incertidumbre normativa que rodea la estrategia fiscal del poder Ejecutivo.
Presión laboral y encarecimiento del costo empresarial
Las medidas laborales adoptadas en 2025 han incrementado de forma significativa los costos asociados al empleo formal. La reforma laboral (Ley 2466 de 2025) introdujo cambios en los recargos nocturnos y dominicales, amplió la jornada nocturna y trajo nuevas obligaciones administrativas. Debido a esto, las empresas y empleadores tuvieron que reorganizar turnos y absorber mayores costos de nómina.
Este escenario se agrava con el aumento abrupto del salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) para 2026[1]. El impacto no se limita únicamente al salario base, sino que se extiende a prestaciones sociales, aportes a la seguridad social y múltiples obligaciones indexadas. En un país como Colombia, donde cerca del 95 % del tejido empresarial está compuesto por microempresas, dicho incremento pone en jaque la viabilidad financiera de las empresas y eleva significativamente el riesgo de informalidad, tercerización o cierre de unidades productivas.
A lo anterior, se suma el aumento de la tasa de interés de intervención del Banco de la República realizado el pasado 4 de febrero de 2026, el cual encarece el crédito y restringe el acceso a financiamiento, particularmente para empresas pequeñas.
Todas estas variables propician un entorno adverso en el que convergen mayores costos laborales, mayor presión tributaria y restricciones financieras.
Un llamado a corregir el rumbo
Si la tendencia se mantiene, Colombia seguirá caminando hacia un escenario en el que habrá bajo crecimiento, mayor endeudamiento y deterioro del perfil crediticio, lo cual reducirá su margen de maniobra fiscal, pues el déficit elevado y la deuda creciente erosionan la confianza de los inversionistas y encarece el financiamiento del Estado.
Nuestro país requiere una corrección estructural que restablezca y respete la disciplina fiscal, y promueva una política tributaria estable, predecible y orientada a fortalecer el sector productivo.
La sostenibilidad de las finanzas públicas depende, en última instancia, de un empresariado dinámico y formal que genere empleo, inversión y recaudo genuino. Reconstruir el tejido empresarial, reducir la incertidumbre normativa y abandonar la dependencia de ingresos contingentes debe ser el eje de una estrategia fiscal que priorice el crecimiento económico como fuente real de estabilidad.
Redacción INCP
Este contenido tomó como referencia algunos apartes de las conclusiones del panel ‘Perspectivas económicas y fiscales para 2026: aspectos a considerar para la toma de decisiones empresariales’ realizado el día 28 de enero de 2026 en el marco del XII Encuentro Contable y Tributario del INCP por los panelistas Juan Camilo Restrepo, abogado y ex ministro de Agricultura y Minas y Energía; Tulio Restrepo Rivera, socio fundador de Restrepo y Londoño S.A.S. – Smartax; y Guillermo Henrique Gómez, presidente ejecutivo nacional de ACOGA – Asociación Colombiana de Gastronomía y Turismo.
[1] Mediante el Decreto 1469 del 19 de diciembre de 2025, el Gobierno Nacional fijó un incremento del 23 % en el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV), estableciéndolo en $1.750.905.
Posteriormente, ante la suspensión provisional de dicho decreto por parte del Consejo de Estado, mediante decisión del 12 de febrero de 2026, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0159 de 2026, a través del cual volvió a fijar el SMMLV en el mismo valor previamente establecido: $1.750.905.

