Grupo Consultivo de Análisis de Efectos
Informe para los Fideicomisarios de la Fundación IFRS
Noviembre de 2014
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Contexto
El IASB es responsable del desarrollo de normas de información financiera que requieran información de alta calidad, transparente y comparable en los informes financieros y en otros tipos de información financiera para ayudar a inversores, participantes en los mercados de capitales de todo el mundo y otros usuarios de información financiera en la toma de decisiones económicas.[1]
En el informe de febrero de 2012 de la Revisión Estratégica de 2011 de los Fideicomisarios, los Fideicomisarios de la Fundación IFRS solicitaron al IASB establecer un órgano integral que sirviera de apoyo al IASB en la integración de los análisis de los efectos en el procedimiento a seguir del IASB. El informe indica:
Los Fideicomisarios consideran que sería de beneficio para la organización recibir orientación en el desarrollo de una metodología acordada para las pruebas de campo y los análisis de los efectos. Por consiguiente, los Fideicomisarios recomiendan la creación de un grupo de trabajo internacional, dirigido por el IASB, con el fin de desarrollar una metodología acordada para las pruebas de campo y los análisis de los efectos.
En el 2013 fue creado el Grupo Consultivo de Análisis de Efectos (el Grupo Consultivo) para asesorar al IASB sobre cómo debería considerar los efectos de los cambios que desarrolla en sus requerimientos para la información financiera —Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Este informe tiene como objetivo apoyar al IASB en la integración de los análisis de los efectos en su procedimiento a seguir, con el fin de fortalecer el proceso normativo.
El informe no prescribe al IASB un conjunto de tareas o pasos específicos a seguir. Los miembros individuales del Grupo Consultivo otorgan una ponderación diferente a algunos factores, tipos de evidencia y análisis. El Grupo Consultivo considera que el IASB deberá ponderar los factores de acuerdo con la naturaleza del proyecto y las fuentes de evidencia disponibles.
El IASB cuenta con requerimientos de un procedimiento a seguir enfocados a garantizar que la ejecución de sus actividades se realiza de manera abierta y transparente. La aplicación de los principios establecidos en este informe dentro del marco del procedimiento a seguir permitirá a las partes interesadas evaluar el trabajo realizado por el IASB y la pertinencia de su análisis.
El Grupo Consultivo considera que la evaluación y explicación de los posibles efectos de un nuevo requerimiento en la información financiera forman parte de una buena actividad normativa. El IASB evalúa y explica cómo los nuevos requerimientos propuestos generarán posibles cambios en los informes financieros con propósito general. El IASB se compromete igualmente a explicar cómo estos cambios mejorarán la calidad de los informes financieros con propósito general y por qué considera que estos cambios se justifican. Así, indicará cómo se evaluaron los posibles efectos tanto en los costos directos para los preparadores -que cumplen con los nuevos requerimientos- y en los costos relacionados para los usuarios.
El IASB debe sentirse seguro de haber considerado los posibles efectos relevantes para una norma específica propuesta, haber reunido suficiente información y haber realizado los análisis necesarios para garantizar una evaluación confiable. Al hacerlo de manera abierta y transparente, otras partes afectadas por el trabajo del IASB podrán comprender las decisiones y los compromisos del mismo, aumentando así la confianza en el proceso normativo.
Los miembros del Grupo Consultivo comprenden igualmente que la incorporación de los análisis de efectos en los procesos de trabajo del IASB ha evolucionado en los últimos años. Es posible que algunos de los proyectos próximos a finalizar no hayan sido desarrollados bajo las pautas de este informe. Las recomendaciones del Grupo Consultivo aplican particularmente a nuevos proyectos del IASB actualmente en desarrollo, así como a nuevas fases de proyectos existentes.
Recomendaciones
Esta sección presenta un resumen de las recomendaciones principales del Grupo Consultivo. En las siguientes secciones se explora en más detalle el análisis y la reflexión que las sustentan.
Informes financieros con propósito general
La Constitución de la Fundación IFRS (la Constitución) establece que:
2 Los objetivos de la Fundación IFRS son:
(a) desarrollar, —en el interés público— una única serie de normas de información financiera de carácter global que sean de alta calidad, comprensibles y aplicables, según los principios claramente articulados. Estas normas deben requerir información de alta calidad, transparente y comparable en los informes financieros y en otros tipos de información financiera para ayudar a inversores, participantes en los mercados de capitales del mundo y a otros usuarios de la información financiera en la toma de decisiones económicas.
(b) promover el uso y la aplicación rigurosa de tales normas.
(c) al cumplir con los objetivos asociados con (a) y (b), tener en cuenta, cuando sea necesario, las necesidades especiales de entidades de diferentes tamaños y tipos en diversos entornos económicos.
(d) promover y facilitar la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), es decir, las normas e interpretaciones emitidas por el IASB mediante la convergencia de las normas nacionales de contabilidad y las Normas NIIF.[2]
El IASB es el órgano de la Fundación IFRS responsable del desarrollo de las normas de información financiera (NIIF). Su Marco Conceptual para la Información Financiera (el Marco Conceptual) establece los conceptos que subyacen en la preparación y presentación de los informes financieros para usuarios externos. En el Marco Conceptual se estipula:
El objetivo de la información financiera con propósito general es proporcionar información financiera sobre la entidad que reporta que sea útil para los inversores, prestamistas y demás acreedores actuales y potenciales para la toma de decisiones sobre la asignación de recursos a la entidad. Estas decisiones implican comprar, vender o mantener el patrimonio y los instrumentos de deuda, y proporcionar o liquidar préstamos y otros tipos de crédito.[3]
Enfoque y alcance del análisis de los efectos
El objetivo de la información financiera con propósito general se asocia con la mejora de la calidad de la información financiera con el fin de tomar decisiones sobre la evaluación de la gerencia de la entidad o la asignación de recursos a la entidad. La valoración del IASB se debe enfocar en cómo un cambio propuesto en la información financiera afectará posiblemente dicho objetivo.
No es obligación del IASB evaluar ninguna otra consecuencia económica de mayor envergadura, pues se estaría desviando de su objetivo. Los cambios en las Normas NIIF modifican la manera en que una entidad presenta las transacciones y los eventos en sus informes financieros, lo cual se espera resultará en mejores decisiones por parte de los inversores que se apoyan en estos informes.
Los cambios en los requerimientos de la información pueden generar costos de cumplimiento con las Normas NIIF para los preparadores de la información al igual que para los usuarios de la información financiera quienes deben asimilar y procesar la nueva información.
El Grupo Consultivo considera que el IASB debe evaluar y explicar cómo los informes financieros con propósito general cambiarán debido a los nuevos requerimientos, y cómo estos cambios mejorarán la calidad de los informes financieros con propósito general. Considera igualmente que el IASB debe explicar por qué estima que estos cambios son justificables, indicando la forma cómo se evaluaron los posibles efectos tanto en los costos directos para los preparadores de la información -al cumplir con los nuevos requerimientos- como en los costos relacionados para los usuarios.
Ver párrafos 41 a 58.
Otros usuarios de los informes financieros con propósito general
El Marco Conceptual para la Información Financiera reconoce que los informes financieros con propósito general pueden ser igualmente útiles para los reguladores y miembros del público, diferentes a inversores y demás acreedores. No obstante, estos informes no están dirigidos principalmente a estos otros grupos.
Estabilidad financiera
Como condición de membresía del Consejo de Estabilidad Financiera (‘el FSB’, por sus siglas en inglés), el IASB se compromete con el mantenimiento de la estabilidad financiera, con la apertura y transparencia del sector financiero y con la implementación de normas financieras internacionales.[4] El objetivo o mandato del FSB consiste en promover la estabilidad de los mercados financieros en su totalidad. La responsabilidad u objetivo del IASB se centra en garantizar que los inversores cuenten con información comparable, transparente y de alta calidad (informes financieros con propósito general) sobre entidades individuales.[5]
Los Fideicomisarios de la Fundación IFRS considera que estos objetivos son complementarios:
La confianza de cada usuario frente a la transparencia y la integridad de la información financiera son de suma importancia para el funcionamiento efectivo de los mercados de capitales, la distribución eficiente de capital, la estabilidad financiera global y el crecimiento económico sostenible.[6]
El Grupo Consultivo respalda esta conclusión.
Algunos supervisores prudenciales han optado por utilizar los informes financieros con propósito general como base para las cifras reportadas en los registros regulatorios para propósitos de supervisión. En estos casos, los principios de reconocimiento y medición bajo NIIF afectan la presentación de la información en los registros regulatorios.
Con el fin de ayudar al FSB a cumplir sus metas, el Grupo Consultivo considera que el IASB debería -sin comprometer sus propios objetivos- seguir trabajando junto con el FSB. Así, se pretende garantizar que el FSB conozca los cambios propuestos referentes a la información financiera y cuente con el tiempo necesario para evaluar y abordar el método de incorporación de estos cambios en sus propios sistemas de monitoreo.
Ver párrafos 60 a 69.
Referencias explícitas e implícitas a las NIIF en contratos y en la regulación
El objetivo de los informes financieros con propósito general preparados bajo NIIF es proporcionar información financiera relevante para los responsables de la toma de decisiones relativas a la asignación de recursos a la entidad.
El IASB reconoce que otras partes utilizan informes financieros con propósito general para objetivos propios—como la determinación del ingreso imponible, la definición de las reservas distribuibles, para fines estadísticos y regulatorios.
El Grupo Consultivo considera que el IASB no debe adaptar la información financiera para satisfacer las necesidades de estas otras partes. Es responsabilidad del IASB permitir que estas otras partes observen los cambios en la información financiera que podrían tener implicaciones en sus actividades, así como ofrecerles la oportunidad de aportar durante dicho proceso.
El Grupo Consultivo considera importante que el IASB mantenga un vínculo sólido de comunicación abierta con otros organismos emisores de normas de contabilidad para este propósito.
Ver párrafos 67 a 84.
Las necesidades de otros emisores de normas de contabilidad
Otros organismos emisores de normas de contabilidad tienen responsabilidades adicionales dentro de su jurisdicción local. El Grupo Consultivo considera que es responsabilidad de estos organismos emisores de normas de contabilidad, y no del IASB, cumplir con dichos requerimientos adicionales.
Aunque no es responsabilidad del IASB incluir -en su evaluación de los efectos- asuntos específicos de cada jurisdicción, el Grupo Consultivo considera que el IASB debe trabajar en conjunto con los emisores locales de normas en la planeación de su trabajo de campo y su alcance. Así, se identificaría la existencia de oportunidades y se organizaría el trabajo de campo de manera que sea beneficioso tanto para el IASB como para estas jurisdicciones locales.
Ver párrafos 85 a 90.
Trabajo de campo
Naturaleza del trabajo de campo
El IASB debe planear su trabajo de campo de manera que sea proporcional a los cambios propuestos para la información financiera. Usualmente, entre más general o significativo sea el cambio, más integral sería el programa de evaluación.
Asimismo, el tipo y alcance del trabajo de campo que se lleva a cabo debe reflejar el estado de desarrollo del proyecto.
En la fase de investigación, el enfoque principal del IASB se debe orientar hacia la comprensión de la naturaleza del problema en cuestión, es decir, hacia la definición del problema, recopilando evidencia para que el IASB logre evaluar su envergadura e importancia económica. El análisis se debe centrar en la deficiencia percibida y las posibles soluciones, particularmente en los beneficios del desarrollo de nuevos requerimientos de información financiera.
Durante la fase de Proyecto de Norma, el IASB presenta una propuesta específica para una norma nueva o revisada. Por consiguiente, el trabajo de campo y el análisis deben enfocarse en los posibles beneficios e implicaciones inherentes a la implementación de la propuesta, así como en la evaluación de cualquier alternativa bajo consideración.
Cuando se finaliza una Norma NIIF, el IASB explica el fundamento de sus decisiones y sus expectativas frente a los efectos de los cambios en los requerimientos para la información financiera. De acuerdo con lo anterior, el trabajo de campo y el análisis deben explicar cómo el IASB ha tomado sus decisiones finales y, a su vez, cómo estas mejoran la calidad de la información financiera.
Ver párrafos 92 a 114.
Evaluación global
El Grupo Consultivo considera que es responsabilidad del IASB contemplar justa y plenamente, a nivel global, las perspectivas de aquellos afectados por las Normas NIIF. El IASB debe procurar realizar consultas de amplia envergadura geográfica, de modo que sus normas se elaboren con principios aplicables globalmente. Otros organismos emisores de normas de contabilidad pueden colaborar suministrando al IASB información y análisis relativos a los factores y posibles efectos de carácter individual de su jurisdicción.
No obstante, para determinar si los nuevos requerimientos para la información financiera son justificables en términos globales, el IASB debe efectuar su evaluación desde una perspectiva global y no desde la perspectiva individual de una jurisdicción. Es posible que se presenten circunstancias en las que los beneficios netos de un nuevo requerimiento son insignificantes (o hasta generan una carga neta) para las entidades de una jurisdicción específica.
Ver párrafos 115 a 117.
Cooperación con organismos nacionales emisores de normas
El Grupo Consultivo recomienda al IASB considerar maneras para aumentar la participación de otros emisores de normas de contabilidad en el trabajo de campo e invitarlos a compartir los resultados con el IASB.
Ver párrafos 117 a 120.
Información sobre los posibles efectos
Disponibilidad de los datos del trabajo de campo
El Grupo Consultivo recomienda al IASB colocar a disposición la información sobre la naturaleza del trabajo de campo y su alcance. El IASB debe tomar medidas para garantizar que los instrumentos del trabajo de campo, como inspecciones y estudios, sean de fácil acceso en el sitio web del proyecto. La información debe incluir, de la manera más clara y abierta posible y respetando cualquier solicitud de confidencialidad, datos sobre los participantes del trabajo de campo y la evidencia recopilada por el IASB. Esta información debe estar disponible a lo largo del transcurso del proyecto.
En caso de que el IASB no pueda revelar las identidades de ciertos participantes en el trabajo de campo, el IASB debe proporcionar la mayor cantidad de datos posible para que así las partes externas puedan conocer el perfil de los participantes en el trabajo de campo.
Ver párrafos 122 a 125.
Evaluación y reporte de los posibles efectos
El formato del análisis de los posibles efectos de un cambio propuesto para la información financiera debe reflejar la fase de las propuestas.
Durante la fase de investigación, el análisis sobre la deficiencia percibida y sus posibles soluciones representa una parte integral del documento de discusión o investigación.
Durante la fase del Proyecto de Norma, los Fundamentos de las Conclusiones deben establecer las razones por las que el IASB propone un cambio específico en los requerimientos para la información financiera, incluso se deben referir a la evidencia recopilada o a su alcance.
Por lo general, cuando se emite una nueva Norma NIIF, el IASB debe preparar un Informe individual de Análisis de Efectos. Un documento correctamente orientado que contenga un resumen de los posibles efectos y explique cómo el IASB realizó sus evaluaciones puede ser útil para aquellos con un interés especial en este trabajo. Cualquier informe de esta naturaleza debe figurar en el paquete de documentos seleccionados por el IASB.[7]
Ver párrafos 126 a 135.
[1] Constitución de la Fundación IFRS, párrafo 2.
[2] Constitución de la Fundación IFRS, párrafo 2.
[3]Marco Conceptual para la Información Financiera, párrafo OB2.
[4] Términos de referencia del FSB.
[5] Ver Párrafo 2 de la Constitución y Párrafo OB2 del Marco Conceptual, al que hacen referencia los párrafos 10 y 11.
[6]Informe Anual de la Fundación IFRS, 2011.
[7] El proceso mediante el cual el IASB vota formalmente por la emisión de una Norma NIIF y su material complementario se conoce como proceso de selección. Cada miembro del IASB vota a favor o en contra de la emisión del paquete.