Así se liquidarían las sanciones por despido de víctimas de acoso sexual en el contexto laboral

El Ministerio del Trabajo (MinTrabajo) publicó un proyecto de decreto* en cual propone adicionar un capítulo al Decreto 1072 de 2015 (Único Reglamentario del Sector Trabajo), con el fin de reglamentar el artículo 14 de la Ley 2365 de 2024**, que trata sobre la multa por despido de victima denunciante de acoso sexual en el contexto laboral.
En concreto, este capítulo establecería los criterios para imponer la multa a las empresas que despidan a una víctima de acoso sexual, ya sea durante el trámite de un proceso por acoso sexual en el contexto laboral y/o dentro de los seis meses siguientes a la interposición de la queja, atendiendo a los principios de razonabilidad, de acuerdo con el tamaño de la empresa.
En este sentido, el proyecto de decreto propone que, para efectos de aplicar los principios de razonabilidad y proporcionalidad en la sanción, se tendrá en cuenta el número de trabajadores en la planta de personal y el cálculo de la capacidad económica y/o financiera del infractor. Para ello, el inspector de trabajo y seguridad social podrá requerir al infractor la información o documentación necesaria.
Así bien, para aplicar la sanción a empresas, se tendría en cuenta la siguiente tabla:
Tamaño de la empresa | Monto de la sanción |
Microempresa | De 1 a 1250 salarios mínimos legales diarios vigentes. |
Pequeña | De 1251 a 2500 salarios mínimos legales diarios vigentes. |
Mediana | De 2501 a 3750 salarios mínimos legales diarios vigentes. |
Grande | De 3751 a 5000 salarios mínimos legales diarios vigentes. |
Usted puede enviar sus comentarios a este proyecto de decreto hasta el 21 de diciembre de 2024 a los siguientes correos electrónicos: lsalamanca@mintrabajo.gov.co y nvallejo@mintrabajo.gov.co.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Proyecto de resolución Multas por despido de víctimas de acoso – MinTrabajo
*Por el cual se adiciona el capítulo 7 al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015.
**Por medio de la cual se adoptan medidas de prevención, protección y atención del acoso sexual en el ámbito laboral y en las instituciones de educación superior en Colombia y se dictan otras disposiciones.
Redacción INCP