Se reglamentaría la devolución de IVA e impuesto al consumo para diplomáticos y organismos internacionales

Se reglamentaría la devolución de IVA e impuesto al consumo para diplomáticos y organismos internacionales

El Ministerio de Hacienda (MINHACIENDA) publicó para comentarios un proyecto de decreto que propone actualizar el procedimiento ─establecido en el Capítulo 22 del Título del 1 de la Parte 6 del Decreto 1625 de 2016*─ para efectuar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Nacional al Consumo (INC) pagado por diplomáticos, organismos internacionales, misiones diplomáticas, consulares y sus funcionarios acreditados.

El proyecto, entre otras disposiciones, propone que:

  • Las misiones diplomáticas, consulares, organismos internacionales y misiones de cooperación acreditadas, tengan derecho a la devolución de los impuestos del IVA y del INC por compras de bienes y servicios adquiridos en Colombia.

  • La devolución aplique únicamente para compras realizadas en el país y soportadas con factura electrónica de venta o documento equivalente, a nombre del beneficiario reconocido oficialmente por la Cancillería.

  • Cuando las compras se paguen con tarjetas de crédito o débito nacionales a través de transferencias electrónicas o pagos por internet o celular, la devolución se realice a través de las entidades financieras dueñas de las tarjetas, las cuales abonarán directamente los valores devueltos en la cuenta del beneficiario.

  • Para adquisiciones hechas con otros medios de pago, la solicitud de devolución se deberá presentar directamente ante la Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), acompañada de la relación de facturas y una certificación firmada por el jefe de misión o representante autorizado. En estos casos, la administración tributaria tendrá 30 días hábiles para resolver y realizar el pago.

Con estas medidas, MINHACIENDA busca asegurar un proceso ágil, seguro y trazable para la aplicación de beneficios tributarios a los agentes internacionales acreditados en el país.

Los interesados podrán enviar sus comentarios sobre este proyecto de decreto hasta el 9 de septiembre de 2025 en el siguiente enlace.

Para más información, consulte el documento a continuación.

Ver: Proyecto de decreto – MINHACIENDA.

Redacción INCP

*Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.