¿Se puede llevar la contabilidad en hojas de cálculo?

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), mediante el Concepto No. 0086 de 2026, señaló que una entidad puede llevar su contabilidad utilizando herramientas como hojas de cálculo, por ejemplo, Excel, siempre que se garantice el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos aplicables. Según indicó, la normativa vigente no exige el uso de un software contable específico, pero sí que la información contable sea clara, completa, fidedigna, verificable y debidamente soportada.
De acuerdo con el organismo normalizador, el sistema utilizado debe permitir la adecuada identificación, registro, procesamiento y reporte de las transacciones, así como garantizar aspectos como la integridad de la información, la confiabilidad y verificabilidad, la trazabilidad de las operaciones, la conservación de soportes y la generación de libros y estados financieros conforme a la normativa vigente. Asimismo, recordó que existe la obligación legal de llevar libros de contabilidad, entre ellos el libro diario y el libro mayor y balances, sin perjuicio de los auxiliares que resulten necesarios.
Sin embargo, el CTCP también advirtió que el uso de herramientas como Excel puede implicar riesgos asociados a la integridad, seguridad y control de la información, los cuales deben ser evaluados por la administración de la entidad dentro de su sistema de control interno. En cuanto al valor probatorio de la contabilidad llevada en hojas de cálculo ante autoridades como la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el CTCP precisó que no es competente para pronunciarse sobre ese aspecto, por tratarse de una materia regulada por disposiciones legales y procesales cuya interpretación corresponde a las autoridades competentes.
Para más detalles, consulte el documento adjunto.
Ver: Concepto No. 0086 de 2026 – CTCP
Redacción INCP
