Estándares de transparencia e intercambio de información tributaria: Avances de los países de América Latina

En el año 2009, el intercambio de información en el campo tributario (EOI, por sus siglas en inglés) comienza a tomar dinamismo en las agendas internacionales. En aquel año y en un contexto complicado, devenido de la crisis sistémica, el G-20 hizo un llamado para cumplir el primer estándar mundial, referido al intercambio de información a pedido (EOIR, por sus siglas en inglés), adoptado por el Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información en 2004 y se encargó a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) la revisión del cumplimiento del estándar.
En 2010 se aprueba en lo Estados Unidos la “Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Financieras en el Extranjero” (Foreign Account Tax Compliance Act, FATCA). Luego, un grupo de países europeos que habían suscriptos acuerdos en dicho marco, proponen su implementación multilateral con algunas diferencias, que fue elaborado por la OCDE a pedido del G-20 como “Estándar de Reporte Común” (Common Reporting Standard, CRS), que constituye el segundo estándar de EOI.
En 2013 se lanza el Proyecto de “Erosión de Base Imponible y Traslado de Beneficios” (Base Erosion and Profit Shifting, BEPS), que en algunas de sus acciones contienen medidas relativas a transparencia y al EOI. Por ejemplo el intercambio automático de información de cuenta financiera (AEOI, por sus siglas en inglés) de “reportes país por país” (Country-by-Country Reports, Reportes CbC) impulsados por la Acción 13 y respecto de la Acción 5, EOI espontáneo, de los acuerdos de índole tributaria entre la administración tributaria y los contribuyentes, más conocidos como “rulings“.
Asimismo, el G-20 llamó a una cooperación más intensa entre el Grupo de Acción Financiera y el Foro Global, para mejorar la implementación de los estándares, incluyendo la disponibilidad de información sobre beneficiarios efectivos (beneficial owners) y la posibilidad de intercambiarla entre las entidades de administración tributaria.
En este marco, en julio de 2018 se presentaron criterios actualizados para identificar cuando una jurisdicción cumple con la transparencia fiscal internacional, que sucederá en el caso que, al menos, se verifiquen dos de los tres criterios siguientes:
- calificación mínima de “Cumplido en gran medida” con respecto al EOIR,
- con respecto al AEOI, se cuenta la legislación necesaria y los intercambios que se iniciaron a fines de 2018; y tiene acuerdos activados con todos los socios relevantes a finales de 2019; y
- convención multilateral OCDE en vigor o una red de acuerdos bilaterales para EOI en vigor suficiente.
En este contexto, los países de América Latina han evidenciado importantes avances. Cabe destacar la firma de la “Declaración de Punta del Este, Un llamado a reforzar las medidas con la evasión legal y la corrupción” del 19/11/18 donde los países de la región se comprometen a lograr una plena y eficaz implementación de los estándares de transparencia, EOI y del proyecto BEPS. Han adherido: Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay.
Necesidad de mejorar la recaudación y la progresividad de los recursos tributarios en América Latina.
El Comité de Oxford para el alivio de la hambruna (OXFAM, por sus siglas en inglés) y Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) (2016) expusieron que, en el año 2014, el 10% más rico de la población de América Latina había acaparado el 71% de la riqueza y, de mantenerse esa tendencia, dentro de 6 años el 1% más rico de la región tendría más riqueza que el 99% restante.
La Política Fiscal y, específicamente, la tributación no es ajenas a ello. En América Latina, la región con la peor distribución del ingreso en el mundo, se han desaprovechado las potencialidades que tienen los sistemas tributarios para mejorar la distribución del ingreso.
En algunos países, los sujetos ricos pagan el 1% – 3% de su ingreso bruto, mientras que en otros el porcentaje llega al 10%. La diferencia es clara, cuando se la compara con el mundo desarrollado. En EEUU la contribución de los más acomodados es del 14,2%, y, en algunas naciones europeas, excede el 20%.
El EOI y, particularmente, el AEOI son instrumentos relevantes para aumentar la recaudación tributaria de los países de la región haciendo, a su vez, que el efecto sea progresivo. A futuro, seguramente las determinaciones de impuestos de las administraciones tributarias serán mayormente sobre base cierta por conocimiento concreto de los hechos y no basado en presunciones, como sucede generalmente en la actualidad. Ello acarreará mayor certidumbre y menor controversialidad.
Asimismo, cabe destacar la factibilidad de utilizar esta información para fines distintos a los tributarios, con la respectiva autorización del país proveedor, que permite también contener las prácticas de corrupción, blanqueo de activos ilegales y otros delitos económicos-financieros.
Avance en los países de América Latina
Integran el G-20, en representación de América Latina, Argentina, Brasil y México. Los países que integran la OCDE (con un total de 36 países miembros) son Chile y México. Colombia en breve será el miembro 37. Brasil es un país en adhesión y cooperación reforzada. Argentina es miembro (no pleno) pero adherido al Comité de Asuntos Fiscales.
Con respecto a las iniciativas del G-20, OCDE y el Foro Global, cabe destacar el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria (con 129 suscriptores) para soportar la Norma de Informes Comunes (CRS, por sus siglas en inglés) referido al AEOI de Cuentas Financieras y de los reportes CbC y, por último, el intercambio espontáneo de rulings, en el marco del Proyecto BEPS. Los países que lo han suscripto son Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador (aún no vigente), Guatemala, México, Panamá, Perú, República Dominicana (aún no vigente) y Uruguay.
El Foro Global sigue creciendo, actualmente con 154 jurisdicciones, incluyendo CIAT y otras organizaciones. Lo integran por AL: Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Colombia, Ecuador, El Salvador, Haití, Guatemala, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay.
Cabe destacar que Chile, Colombia y México integran el grupo de 36 países que forman Joint International Taskforce on Shared Intelligence and Collaboration (JITSIC), que establecido en 2004 para combatir la evasión fiscal transfronteriza y por sus logros iníciales, fue restablecido en 2014 con nuevos miembros del Foro de Administraciones Tributarias.
Varios países de la región han sido evaluados en la implementación del estándar referido al REOI:
- Primera ronda de evaluación: Colombia y México obtuvieron la máxima calificación (cumplido), luego Argentina, Brasil, Chile, El Salvador y Uruguay la segunda mejor nota (mayormente cumplido). También tienen esta última calificación por revisiones rápidas que permitieron mejorar su anterior calificación Costa Rica, República Dominicana, Guatemala y Panamá.
- Segunda ronda de evaluación (con los términos de referencia actualizados a 2016): Brasil obtuvo la segunda mejor nota (mayormente cumplido).
Por otra parte, 113 jurisdicciones de todo el mundo han adherido a FATCA, destacándose por América Latina el modelo 1 recíproco: Brasil, Colombia, Costa Rica (aún no vigente), Jamaica, Haití (en sustancia, aún no firmado pero consensuado), Honduras, México, Panamá, Perú y República Dominicana (no vigente aún) y el modelo 2 – se usa cuando el país presenta alguna limitación en el acceso a la información financiera -: Chile (aún no vigente) y con acuerdos en sustancia, Nicaragua y Paraguay. Argentina, ha firmado un acuerdo de EOI con EEUU, que aún no está vigente. Se negocia para fin de año un acuerdo FATCA.
Con respecto al CRS, varios países de América Latina han suscripto el respectivo Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes. Con respecto a información financiera de 2016 (cuyo intercambio se efectuó en 2017) participaron Argentina, Colombia y México. Por datos de 2017 (intercambiados en 2018): Brasil, Chile, Costa Rica, Panamá, Perú y Uruguay. Argentina envió información en 2018 a 56 países, Brasil a 56, Chile a 48, Colombia a 60, Costa Rica a 49, México a 60, Panamá a 32 y Uruguay a 59.
Por otra parte, integran el Marco Inclusivo para la Implementación de BEPS (actualmente 130 países), con respecto a América Latina: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Haití, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay.
Para aumentar la transparencia de las empresas multinacionales, 79 países firmaron el Acuerdo de Autoridades Competente Multilateral para el AEOI de los Informes CbC. En cuanto a estos reportes, a partir del ejercicio iniciado en 2016: Brasil, Chile, Colombia, México y respecto del periodo iniciado en 2017: Argentina, Costa Rica, Perú y Uruguay.
Con respecto al ROI espontáneo de rulings los siguientes países de América Latina han sido revisados sin observaciones sobre los aspectos legales y operativos: Argentina, Brasil, Chile, Colombia (tuvo recomendaciones de mejora) y México. Otros países de la región tienen fecha programada de revisión: Costa Rica, Haití, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay.
Por último, por otros temas del proyecto BEPS, cabe destacar:
- Acción 5:revisión de regímenes fiscales especiales
- No se detectaron regímenes abusivos en: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Haití, México, Panamá, Perú y Uruguay.
- Bajo revisión: Paraguay.
- Acción 14:revisión de mecanismos de resolución efectiva de disputas entre la administración fiscal y los contribuyentes: sólo México ha sido revisado en fase 1 con recomendaciones.
- Acción 15:firma del instrumento multilateral que permitirá revisar y actualizar los tratados tributarios bilaterales (en la actualidad firmado por 89 países): Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, México, Perú y Uruguay. No vigente aún en ninguno de ellos.
Fuente: CIAT