¡Las declaraciones se pueden corregir en un plazo máximo de 3 años!
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Concepto No. 470 del 21 de junio de 2024, en el cual absolvió la siguiente consulta: ¿A partir de qué momento se debe contabilizar el término de firmeza de una declaración presentada en virtud de lo contemplado en el parágrafo 2 del artículo 580 del…
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