Organismos de acción comunal tienen nuevo plazo para suministrar información al RUB

Organismos de acción comunal tienen nuevo plazo para suministrar información al RUB

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó la Resolución No. 000109 del 12 de julio de 2024*, con la cual amplió el plazo para que los organismos de acción comunal realicen el suministro inicial de información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) a través de los sistemas informáticos de la administración tributaria.

Recordemos que por medio de la Resolución No. 000108 de 2023, la DIAN estableció que los organismos de acción comunal constituidos al 31 de mayo de 2024 debían efectuar el suministro inicial de la información en el RUB a más tardar el 31 de julio de 2024, y aquellos que se constituyan a partir del 1 de junio de 2024, debían hacerlo dentro de los dos meses siguientes a su inscripción en el Registro Único Tributario (RUT). Sin embargo, debido a diversas dificultades relacionadas con la conectividad y el uso de las herramientas tecnológicas por parte de los organismos de acción comunal, la administración tributaria decidió postergar el plazo para el cumplimiento de la mencionada obligación, así:

Los organismos de acción comunal constituidos al 30 de noviembre de 2024 deberán efectuar el suministro inicial de la información en el RUB, a través de los sistemas informáticos de la DIAN, a más tardar el 31 de enero de 2025. Además, los constituidos a partir del 1 de diciembre de 2024, deberán hacerlo a más tardar dentro de los dos meses siguientes a la inscripción en el RUT.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Resolución No. 000109 del 12 de julio de 2024 – DIAN

*Por la cual se modifica el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, adicionado por la Resolución 000108 del 14 de julio de 2023

Redacción INCP

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