¡No lo olvide! La norma de procedimientos acordados del IAASB entra en vigor a partir del 1 de enero de 2022

Los encargos de procedimientos acordados se utilizan ampliamente en muchas jurisdicciones y la demanda de estos encargos continúa en aumento, sobre todo en lo que respecta a la necesidad de una mayor rendición de cuentas en torno a la financiación y las subvenciones. Los cambios en las reglamentaciones también han impulsado una mayor demanda de encargos de procedimientos acordados, en especial por parte de las entidades más pequeñas, pues el aumento de los umbrales de exención de auditoría en algunas jurisdicciones lleva a las partes interesadas a buscar servicios alternativos a una auditoría u otros encargos de aseguramiento.
En diciembre de 2019, el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB) aprobó la Norma Internacional de Servicios Relacionados (NISR) 4400 (Revisada), Encargos de Procedimientos Acordados para responder a esta creciente demanda.
Encargos de procedimientos acordados
En un encargo de procedimientos acordados, el profesional en ejercicio lleva a cabo procedimientos que han sido acordados por este y la parte que encarga. El profesional en ejercicio comunica los procedimientos realizados y los hallazgos correspondientes en el informe de procedimientos acordados. La parte que encarga y demás usuarios previstos estudian la idoneidad del procedimiento acordado y de los hallazgos comunicados, y extraen sus propias conclusiones del trabajo realizado por el profesional en ejercicio.
La NISR 4400 (revisada) promueve la coherencia en la ejecución de los encargos de procedimientos acordados y busca abordar cuestiones de interés público pertinentes para estos encargos, como por ejemplo:
- Responder a las necesidades de las partes interesadas; el ámbito de aplicación se amplía para incluir asuntos financieros y no financieros.
- Criterio profesional; nuevo requisito y material sobre aplicación en cuanto a la importancia del criterio profesional en un encargo de procedimientos acordados.
- Independencia; nuevos requisitos y material sobre aplicación en cuanto a la información a revelar en el informe de procedimientos acordados sobre la independencia del profesional en ejercicio.
- Consideraciones sobre la aceptación y continuación de encargos; nuevos requisitos y material sobre aplicación que abordan las condiciones para la aceptación y continuación de encargos en un encargo de procedimientos acordados.
- Uso de un perito del profesional en ejercicio; nuevos requisitos y material sobre aplicación para abordar el uso del trabajo de un perito del profesional en ejercicio en un encargo de procedimientos acordados.
- Restricciones sobre los informes de procedimientos acordados; nuevo material sobre aplicación en cuanto a las consideraciones del profesional en ejercicio si desea establecer restricciones sobre el informe de procedimientos acordados.
La NISR revisada entrará en vigor para aquellos encargos de procedimientos acordados por los cuales las condiciones del encargo se establecen el 1 de enero de 2022 o posteriormente. En el caso de los encargos que abarquen varios años, los profesionales en ejercicio podrían actualizar las condiciones para que los encargos de procedimientos acordados se ejecuten bajo la norma revisada.
Otros recursos que le servirán para prepararse de cara a la norma de procedimientos acordados
Ante la próxima entrada en vigor de la norma revisada de procedimientos acordados, estos dos recursos del IAASB y la Federación Internacional de Contadores (IFAC) pueden ayudarle en su preparación:
- La Ficha Técnica de la NISR 4400 (Revisada) del IAASB, que incluye un resumen de alto nivel de los cambios significativos, para que pueda navegar y aplicar la norma con mayor facilidad.
- Los Encargos de Procedimientos Acordados de la IFAC, en los que se explica lo que es un encargo de procedimientos acordados, se identifican los beneficios para los clientes de ofrecer tales servicios y se señala cuándo es apropiado un encargo de procedimientos acordados. También incluye ejemplos de temas financieros y no financieros, seis breves estudios de casos con ejemplos de procedimientos que podrían aplicarse, y dos informes ilustrativos de procedimientos acordados.
Por: Eric Turner, Phil Minnaar
“Este documento titulado “¡No lo olvide! La norma de procedimientos acordados del IAASB entra en vigor a partir del 1 de enero de 2022” que la Federación Internacional de Contadores (IFAC) publicó en inglés el 29 de noviembre de 2021, lo ha traducido al español el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia (INCP) el 21 de enero de 2022 y se utiliza con permiso de la IFAC. El texto aprobado de todas las publicaciones de la IFAC es aquel que la IFAC publique en lengua inglesa. La IFAC no asume responsabilidad por la exactitud y completitud de la traducción ni por ninguna medida que se tome como consecuencia de lo anterior.
Texto en inglés del documento titulado “¡No lo olvide! La norma de procedimientos acordados del IAASB entra en vigor a partir del 1 de enero de 2022”, © 2021 cuyo autor es la International Federación Internacional de Contadores (IFAC). Todos los derechos reservados.
Texto en español del documento titulado “¡No lo olvide! La norma de procedimientos acordados del IAASB entra en vigor a partir del 1 de enero de 2022”, © 2021 cuyo autor es la International Federación Internacional de Contadores (IFAC). Todos los derechos reservados.
Título original: “Don’t Forget! IAASB’s Revised AUP Standard Becomes Effective as of January 1, 2022” Póngase en contacto con Permissions@ifac.org con el fin de solicitar permiso para reproducir, almacenar, transmitir o darle otros usos similares a este documento”.