SuperSociedades fija plazo para acreditar el reporte de Gestión BIC
Mediante la Circular Externa 100-000007 de 2021, la Superintendencia de Sociedades determinó el plazo para acreditar el cumplimiento de haber realizado, presentado y publicado el reporte de Gestión BIC.
Así, la circular fija el plazo para el envío de la documentación para el año 2021, 2022 y siguientes, así como el modo de envío de documentación de acuerdo con la política de supervisión BIC, la cual consiste en que el representante legal de una de estas sociedades debe elaborar y presentar al máximo órgano social un reporte en el que dé cuenta de las actividades de beneficio e interés colectivo desarrolladas por la compañía.
Ver: Circular 100-000007 de 2021
Redacción INCP