Instrucciones en materia de control interno para entidades vigiladas por la SuperFinanciera

Instrucciones en materia de control interno para entidades vigiladas por la SuperFinanciera


La Superintendencia Financiera presentó el proyecto de circular externa No. 21 de 2022 mediante el cual se imparten “instrucciones relativas al sistema de control interno de las entidades vigiladas”. Estas nuevas instrucciones responden a la evolución de los estándares y mejores prácticas internacionales en materia de control interno y el desarrollo continuo de lineamientos para robustecer las prácticas de gobierno corporativo de las instituciones financieras a nivel global. La Superfinanciera evaluó las últimas actualizaciones del Marco Integrado de Control Interno publicado por el Comité de Organizaciones Patrocinadoras de la Comisión Treadway (COSO, por sus siglas en inglés), el Modelo de las Tres Líneas expedido por el Instituto de Auditores Internos (IIA, por sus siglas en inglés) y los lineamientos definidos por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea en materia de gobierno corporativo. Teniendo en cuenta los anteriores estándares y con el propósito de fomentar la transparencia y ética empresarial al interior de las entidades, se actualizarían en Colombia las instrucciones en materia de control interno para las entidades vigiladas por la Superfinanciera, continuando así con la convergencia hacia las mejores prácticas internacionales y promoviendo el desarrollo de estructuras de gobierno corporativo robustas y adecuadas para una gestión de riesgos eficiente.

Puntualmente, el proyecto de circular pretende realizar las siguientes modificaciones:

  • Sustituir integralmente el Capítulo IV del Título I de la Parte I de la Circular Básica Jurídica correspondiente al sistema de control interno de las entidades vigiladas.
  • Modificar el subnumeral 2.1 del Capítulo I del Título I de la Parte III de la Circular Básica Jurídica relativo a los deberes y responsabilidades de los emisores de valores, con el propósito actualizar las instrucciones correspondientes de conformidad con el nuevo marco de control interno que se adopta.

Por su parte, se establece que las entidades vigiladas tendrán un plazo de seis meses contados a partir de la expedición de la Circular para dar cumplimiento a las instrucciones.

Usted podrá enviar sus comentarios al correo electrónico normativa@superfinanciera.gov.co, mediante el formato para comentarios externos, hasta el 31 de octubre de 2022 a las 5:00 p.m.

Ver: Proyecto de circular externa No. 21

Ver: Modificaciones Capítulo IV Título I – Parte I Circular Básica Jurídica

Ver: Modificaciones Capítulo I Título I – Parte III Circular Básica Jurídica

Ver: Formato para comentarios externos

Redacción INCP

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