CTCP emitió concepto sobre la diferencia entre causación, devengo y abono en cuenta
Por medio del Concepto 0434 de 2022, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) respondió a una consulta en donde se le preguntó acerca de la diferencia entre los conceptos de causación, devengo y abono en cuenta.
Para responder a la pregunta, el CTCP comienza indicando que las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), solamente hacen referencia al concepto de “devengo”, teniendo en consideración la base contable respecto de la cual se deben preparar estados financieros de propósito general. Así pues, en el anexo 1 del Decreto Único Reglamentario (DUR) 2420 de 2015, donde se compila el marco técnico de las NIIF Plenas, el párrafo 27 establece que una entidad elaborará sus estados financieros, excepto en lo relacionado con la información sobre flujos de efectivo, utilizando la base contable de acumulación (o devengo). Cuando se utiliza esta base, una entidad reconocerá partidas como activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos cuando éstas satisfagan las definiciones y los criterios de reconocimiento previstos para tales elementos en el marco conceptual.
Por otro lado, el CTCP menciona que el concepto de “causación” hace alusión a cuando: los hechos económicos deben ser reconocidos en el período en el cual se realicen y no solamente cuando sea recibido o pagado el efectivo o su equivalente, y el de “abono en cuenta”: consiste en reconocer o asentar en la contabilidad, una obligación en favor de un tercero para su posterior pago; implica la existencia de una contabilidad regida por el concepto contable del devengo.
En el caso de Colombia, el reglamento ha establecido la obligación de llevar la contabilidad conforme al método de causación, con lo cual se puede decir que la base de acumulación (o devengo) y el concepto de causación son análogos. Mientras que, abono en cuenta, como lo define el diccionario de términos contables para Colombia editado por la Universidad de Antioquia, se refiere a hacer registros o anotaciones en el crédito de una cuenta.
Redacción INCP