¿Cómo quedó la propuesta de reforma laboral radicada el 16 de marzo?

¿Cómo quedó la propuesta de reforma laboral radicada el 16 de marzo?

El pasado jueves 16 de marzo, el Gobierno Nacional radicó ante el Congreso de la República la propuesta de reforma laboral, la cual está compuesta por 76 artículos que buscan modificar el Código Sustantivo del Trabajo, otorgar igualdad de oportunidades para los trabajadores, la protección de los derechos individuales y la garantía del derecho colectivo del trabajo. El documento radicado se dio como resultado de cinco meses de trabajo conjunto por parte de la subcomisión designada del Ministerio de Trabajo, la Comisión de concertación de políticas salariales y laborales y la participación de gremios y sindicatos.

Entre los últimos ajustes realizados por el Ministerio de Trabajo se encuentran:

  • Los contratos a término fijo podrán ser por hasta dos años.
  • La figura de ‘estabilidad laboral reforzada’ quedó consignada en el artículo 7 del documento y establece que solo podrán ser desvinculados con justa causa o causa legal, además de una orden administrativa o judicial, los grupos poblacionales correspondientes a prepensionados, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y los trabajadores amparados por el ‘fuero sindical’ o por el ‘fuero de salud’, dejando por fuera a los padres o madres de familia que no tienen otro tipo de ingreso.
  • La indemnización por despidos injustificados en contratos a término indefinido será de 45 días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor a un año en la organización. Cuando la permanencia en el empleo haya sido de más de un año de servicio continuo, “se pagarán 45 días adicionales de salario sobre los 45 básicos del punto anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción”.

Por otro lado, el documento trae consigo grandes cambios en materia de la jornada laboral, la cual será de 8 horas de trabajo diarias y una máxima de 42 horas a la semana, distribuidas en 5 o 6 días. Además, se determina que la jornada de trabajo diurno irá desde las 6:00 a.m. hasta las 6:00 p.m., y el nocturno desde las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente.

Otro elemento clave del proyecto es la regulación del trabajo en plataformas tecnológicas. En el documento se definen las actividades que clasifican en este rubro y determina que, en materia de relaciones laborales, las plataformas deberán vincular a sus trabajadores con un contrato laboral y afiliarlos a seguridad social.

Ver: Proyecto de ley reforma laboral

Redacción INCP

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