SuperSalud imparte nuevas instrucciones para el reporte de información financiera

SuperSalud imparte nuevas instrucciones para el reporte de información financiera

La Superintendencia Nacional de Salud emitió la Circular Externa 2023151000000005-5 de 2023, por medio de la cual se imparten instrucciones adicionales a la Circular Externa 016 de 2016 [1] para el reporte de información financiera por parte de sus vigilados que produzcan o importen cervezas, licores, sifones, refajos, vinos, aperitivos y similares, así como las rentas de salud originadas en impuestos y la sobretasa al consumo de cigarrillo y tabaco elaborado. Con estas nuevas instrucciones, la SuperSalud busca garantizar una oportuna y eficiente explotación, administración y aplicación de las rentas que producen sus vigilados.

En ese sentido, la Circular adicionó e impartió, entre otras, las siguientes instrucciones:

  1. Adicionó los identificadores de negocio para los vigilados importadores de licores, cervezas y cigarrillos a la tabla «Identificador de negocios (dígitos 7 y 8)» del numeral 2 del título II la Circular 016 de 2016, quedando de la siguiente manera:

2. Adicionó los siguientes anexos al capítulo «Generadores de recursos” – Importadores» en la sección de «anexos técnicos» de la Circular Única de la SuperSalud:

  • Archivo tipo FT001 – Catálogo de información financiera con fines de supervisión
  • Archivo tipo FT002 – Publicación de estados financieros
  • Archivo tipo FP001 – Conjunto completo de estados financieros y revelaciones
  • Archivo tipo FP002 – Certificación de estados financieros
  • Archivo tipo FP003 – Dictamen del revisor fiscal
  • Archivo tipo FP004 – Informe de gestión
  • Archivo tipo FP005 – Proyecto de distribución de utilidades.

3. Los importadores de licores, vinos, aperitivos, cervezas, sifones, cigarrillos y tabaco elaborado deben presentar la siguiente información antes del 10 de abril del año siguiente a informar en un archivo en formato PDF con período de corte a diciembre de cada año, el cual deberá ser firmado por el representante legal, contador público y revisor fiscal (si aplica):

Para más información, consulte el documento a continuación.

Ver: Circular 2023151000000005-5 del 24 de marzo 2023 – SuperSalud

Redacción INCP


[1] Por la cual se hacen adiciones, modificaciones y eliminaciones a la Circular Externa 047 de 2007 (Circular Única) y se establecen instrucciones para el reporte de información financiera para efectos de supervisión de todos los vigilados.

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