CGN incorporaría un nuevo procedimiento para cuando haya cambio de representante legal
La Contaduría General de la Nación (CGN) publicó un proyecto de resolución* por medio del cual pretende incorporar en los Procedimientos transversales del régimen de contabilidad pública, el ’Procedimiento para la elaboración del informe contable’ cuando se produzca un cambio de representante legal en las entidades del sector público, de modo que sea consistente con el reciente Procedimiento para la preparación, presentación y publicación de los informes financieros y contables. Recordemos que los procedimientos transversales regulan aspectos que contribuyen a la administración, salvaguardan y proporcionan calidad en la información, así como otros aspectos que no son abordados por los marcos normativos.
El proyecto en mención establece que el informe contable que se debe elaborar cuando se produzca un cambio de representante legal en las entidades sujetas al ámbito de aplicación del régimen de contabilidad pública hace parte del acta del informe de gestión, y debe referirse a las condiciones en que se entrega el sistema contable de la entidad. Asimismo, señala que el representante legal, con el apoyo del contador de la entidad, deberá presentar dicho informe acerca de los asuntos de su competencia a quien lo sustituya en sus funciones, con el propósito de garantizar el normal desarrollo del sistema contable.
Este informe contable debe evidenciar, entre otros, los siguientes aspectos:
- La situación de los sistemas de información que soportan el proceso contable, por lo cual se deberá informar sobre la disponibilidad y seguridad de las claves de acceso de los usuarios a los sistemas de información, así como el estado, funcionamiento y adecuación de dichos sistemas.
- El estado de actualización de los libros de contabilidad, principales y auxiliares, a la fecha de entrega del cargo con todos los documentos y soportes contables correspondientes a las transacciones y operaciones registradas. Asimismo, los temas pendientes de resolver con la Contaduría General de la Nación.
- La realización y registro de los cálculos actuariales, cuando haya lugar, y el detalle de los recursos destinados para el pago de estos pasivos.
- La identificación, valor y registro de los procesos judiciales, arbitrajes, conciliaciones extrajudiciales y reclamaciones en contra y a favor de la entidad.
- La relación de los fondos sin personería jurídica a cargo de la entidad.
Usted podrá enviar sus comentarios hasta el 26 de mayo de 2023 a través del siguiente formulario.
Para más información, consulte el proyecto de resolución a continuación.
Ver: Proyecto de resolución-CGN
* “Por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la elaboración del informe contable cuando se produzca cambio de representante legal”.
Redacción INCP