Tratamiento contable de los ingresos provenientes de actividades realizadas en el exterior

Tratamiento contable de los ingresos provenientes de actividades realizadas en el exterior

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto 437 de 2023 donde aclaró que para realizar el tratamiento contable de los ingresos provenientes de actividades realizadas en el exterior se debe revisar el marco técnico normativo aplicable para cada entidad. En este caso, el concepto se desarrolló teniendo en cuenta la Norma Internacional de Información Financiera para pequeñas y medianas empresas (NIIF para Pymes), por lo cual para realizar dicho reconocimiento contable se debe aplicar la sección 2 –Conceptos y principios fundamentales, la Sección 23 – Ingresos de actividades ordinarias y la Sección 30 – Conversión de la moneda extranjera de la norma mencionada.

Respecto a la sección 2, es importante recordar que una entidad elaborará sus estados financieros teniendo en cuenta la base contable de acumulación o devengo. Así mismo, la sección 23 indica que el reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias se realizará por separado a cada transacción cuando se satisfagan las definiciones y criterios para tal fin. Por último, con referencia a la sección 30, se debe tener en cuenta que el reconocimiento inicial de una transacción en moneda extranjera debe hacerse aplicando al importe de la moneda funcional la tasa de cambio de contado en la fecha de la transacción y las correspondientes conversiones para la presentación de información al final de cada periodo.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Concepto 437 de 2023 – CTCP

Redacción INCP

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