Corte Suprema se pronuncia sobre el cálculo de las semanas cotizadas

Corte Suprema se pronuncia sobre el cálculo de las semanas cotizadas

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia publicó la Sentencia No. SL138 del 31 de enero de 2024, en la cual se pronunció acerca del cálculo de las semanas cotizadas para pensionarse.

Así bien, la Corte estableció que aunque se consideren 30 días mensuales y 360 días anuales para la facturación y pago de los aportes a pensión, el cálculo de las semanas cotizadas debe basarse en días calendario. Es decir, para calcular las semanas cotizadas por un ciudadano se deben tomar los días calendario mensuales cotizados y dividir por siete.

Lo anterior garantiza que en el cálculo de las semanas cotizadas para pensión se tengan en cuenta todos los días laborados y cotizados, para lo cual el mes ya no se contabiliza con 30 días, ni el año con 360 días, sino con los días que en realidad cotizó.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Sentencia No. SL138 del 31 de enero de 2024 – Corte Suprema

Redacción INCP

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