Mercado de capitales: un nuevo evento se agregó a las excepciones para no realización de una oferta pública de adquisición

Mercado de capitales: un nuevo evento se agregó a las excepciones para no realización de una oferta pública de adquisición

En Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda) expidió el Decreto No. 0079 del 30 de enero de 2024* mediante el cual adiciona un numeral al artículo 15.2.1.2 del Decreto 2555 de 2010 para incluir un evento en el que no se debe realizar una oferta pública de adquisición.

Considerando las dinámicas actuales del mercado de valores en torno a los cambios en la situación de control de emisores en Colombia y los retos que ello plantea, se adicionó el numeral 7 al artículo 6.15.2.1.2 del Decreto No. 2555 de 2010**, donde se establece que:

cuando los inversionistas que tengan la calidad de beneficiario real de más del 25 % y menos del 50 % del capital con derecho a voto de la sociedad, en dos o más sociedades inscritas en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE) y en una bolsa de valores, tengan la intención de adquirir las acciones por medio de un contrato de permuta con el fin de lograr el control de la sociedad […], es obligatorio que dichos inversionistas, dentro del mes siguiente al perfeccionamiento del contrato de permuta, realicen una solicitud de autorización de oferta pública de adquisición dirigida a los accionistas que no participen en dicho contrato, que mantenga como mínimo el precio de intercambio y en general garantice las mismas condiciones que fueron aplicables a las partes del contrato de permuta.

La excepción descrita anteriormente se incorpora en la regulación con el fin de permitir mecanismos transaccionales complementarios, específicamente operaciones de intercambio de acciones entre accionistas con influencia significativa en emisores del mercado de valores colombiano, generando eficiencias operativas en las sociedades participes, facilitando la solución de conflictos en el corto plazo, promoviendo la definición de nuevos esquemas de gobierno corporativo y reactivando la negociación del flotante en el mercado secundario.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Decreto No. 0079 de 2024 – MinHacienda

*Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las excepciones a la realización de la oferta pública de adquisición.

**Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

Redacción INCP

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