Decreto 1432 de 2020 modifica la NIIF 16

Decreto 1432 de 2020 modifica la NIIF 16

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) emitió el Decreto 1432 de 2020, “Por el cual se modifica la NIIF 16 contenida en el anexo técnico compilatorio y actualizado 1 ­ 2019, del Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información; Decreto 2420 de 2015, y se dictan otras disposiciones”.

Este anexo técnico será aplicable para los estados financieros de propósito general que se preparen a partir del primero de enero de 2020, permitiendo su aplicación voluntaria de manera integral y anticipada.

Se precisa que la fecha de vigencia incorporada en la NIIF 16 modificada no se tendrá en cuenta como fecha de vigencia en Colombia, por lo que la norma solo tendrá aplicación en el país desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.

De igual manera, se señala que al aplicar la solución práctica prevista en el párrafo 46A de la enmienda incorporada en el presente decreto, se debe atender lo enunciado en el párrafo 46B: “Cualquier reducción en los pagos por arrendamiento afecta únicamente los pagos originalmente vencidos hasta el 30 de junio de 2021”. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de las demás condiciones contenidas en el párrafo.

Ver: Decreto 1432 de 2020

Redacción INCP

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