Las sucesiones líquidas de causantes sin residencia en el país sólo están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios por el patrimonio poseído en el país
Las personas naturales nacionales o extranjeras, que no tengan residencia en el país y las sucesiones líquidas de causantes sin residencia en el país en el momento de su muerte, sólo están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios respecto a sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y respecto de su patrimonio poseído en el país.
Tomado de: Notinet