La adquisición de inmuebles por expropiación administrativa en zonas de alta amenaza por fenómeno de remoción en masa estarán exentas del impuesto sobre la renta y de ganancia ocasional

La adquisición de inmuebles por expropiación administrativa en zonas de alta amenaza por fenómeno de remoción en masa estarán exentas del impuesto sobre la renta y de ganancia ocasional

En los procesos de adquisición de inmuebles a través de expropiación administrativa, localizados en las zonas de amenaza alta por fenómeno de remoción en masa, serán exoneradas del impuesto sobre la renta y de ganancia ocasional para los ingresos obtenidos por la enajenación de inmuebles que sean objeto de la expropiación.

[cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-20275-dian.pdf» color=»#47AFFF»]Concepto 20275/ 10-07-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales[/cryout-button-color]

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 Tomado de Notinet

One Response

  1. Adriana Benjumea dice:

    Buenos dias, una entidad el gobierno me esta expropiando, mi casa no esta en zona de amenaza alta ni nada por el estilo.
    La pregunta es, estoy obligada a pagar ganancia ocasional?

    Gracias

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