Derecho de devolución del IVA en construcción de viviendas prioritarias
En el Decreto 096 de 2020, establecido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda), se reglamenta el parágrafo 2 del artículo 850 del Estatuto Tributario, que señala el derecho de devolución y compensación del IVA pagado en la adquisición de materiales para la construcción de vivienda de interés social y prioritaria, la cual se hará en una proporción de 4 % sobre el valor registrado en las escrituras de venta del inmueble nuevo.
El decreto pauta las especificaciones para las solicitudes de dicha compensación, soportadas en resoluciones traslaticias del dominio de inmueble nuevo, que determina que si el valor excede el mencionado límite de 4 % del valor registrado en ella, debe ser rechazado. De igual manera, suprime el requisito articulado al presupuesto de la obra y el registro del proyecto en la DIAN, que no resultan necesarios para determinar la procedencia de la solicitud.
Ver: Decreto 096 2020
Redacción INCP