Decreto 1377: esquema de presunción de costos

Decreto 1377: esquema de presunción de costos

Mediante el Decreto 1377 de 2020, MinHacienda expone cuáles son las etapas y los procedimientos para que la UGPP transe y concilie con trabajadores independientes los pagos adeudados respecto de los aportes al Sistema de Seguridad Social; lo anterior, aplicando el esquema de presunción de costos según su actividad económica.

Redacción INCP a partir de artículo publicado por UGPP

Para más información consulte el artículo titulado “Esquema de presunción de costos” publicado por UGPP.

Esquema de presunción de costos

El Gobierno nacional avanza en apoyar la formalización del sector transporte, con la expedición del Decreto 1377 del 21 de octubre el Ministerio de Hacienda define cada una de las etapas y los procedimientos a través de los cuales la UGPP, con aprobación de su Comité de Conciliación y Defensa Judicial, podrá transar y conciliar con los trabajadores independientes los pagos adeudados por concepto de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, aplicando el esquema de presunción de costos definido para su actividad económica.

Igualmente, se precisa la forma de aplicación por parte de la UGPP de la tasa de interés de mora transitoria para aquellas obligaciones que se encuentran pendientes de pago.

Normatividad relacionada

Resolución 1400 de 26 de agosto de 2019: Por la cual se adopta el esquema de presunción de costos para los trabajadores independientes por cuenta propia cuya actividad económica sea el transporte público automotor de carga por carretera.

Resolución 209 de 12 de febrero de 2020: Por la cual se adopta el esquema de presunción de costos para los trabajadores independientes por cuenta propia y los trabajadores independientes con contratos diferentes a prestación de servicios personales, conforme a su actividad económica.

Decreto 1377 de 21 de octubre de 2020: Por el cual se reglamenta el parágrafo 8 del artículo 118, el parágrafo 11 del artículo 119 de la Ley 2010 de 2019, el parágrafo 2 del artículo 244 de la Ley 1955 de 2019, adicionado por el artículo 139 de la Ley 2010 de 2019, y parcialmente los artículos 1 y 3 del Decreto Legislativo 688 de 2020 y se sustituye el Titulo 2 de la Parte 12 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

Fuente: UGPP

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