DIAN habilitaría el formulario para la declaración de retención en la fuente de 2021 y siguientes años

DIAN habilitaría el formulario para la declaración de retención en la fuente de 2021 y siguientes años


La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió un proyecto de resolución, “Por la cual se prescribe el formulario No. 350 para el cumplimiento de las Obligaciones tributarias en el año 2021 y siguientes”. Esto partiendo de que el Decreto Legislativo 568 de 2020 tuvo aplicación para 2020 en los aspectos que no fueron declarados inexequibles por la sentencia C-293 del 5 de agosto de 2020 por la Corte Constitucional, por lo que es necesario eliminar las casillas correspondientes a retenciones impuesto solidario por el covid-19 y Aporte solidario voluntario por el covid-19.

De igual manera se precisa que el formulario será de uso obligatorio para quienes por expresa disposición legal hayan sido definidos como agentes de retención, por concepto de los impuestos sobre la renta y complementario, impuesto sobre las ventas, timbre nacional y autorretención a título de impuesto sobre la renta y complementario del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, y para los responsables de efectuar la retención de la contribución especial para laudos arbitrales de contenido económico, de conformidad con el artículo 130 de la Ley 1955 de 2019.

Usted puede realizar comentarios hasta el 04 de diciembre de 2020 en el siguiente buzón Comentarios_Formularios_oficiales@dian.gov.co.

Ver: Proyecto de Resolución DIAN

Redacción INCP

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