Suspensión de los términos en procesos tributarios y de cobro

Mediante la Resolución SDH-000016 de 2021, la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) suspendió los términos hasta el 21 de enero el año en curso en procesos administrativos que adelantan las direcciones de Impuestos y de Cobro de la entidad. Esta medida se debe a las nuevas directrices emitidas por la Alcaldía Mayor de Bogotá que atienden a mitigar los contagios del covid-19.
Tal suspensión abarca las actuaciones administrativas de competencia de la SDH desarrolladas en los procesos de gestión, fiscalización, determinación, discusión, devolución, cobro de obligaciones tributarias y no tributarias y depuración de cartera. De igual manera, se incluyen los derechos de petición presentados dentro de estos procesos.
Por consiguiente, desde el 8 de enero (fecha de expedición de la resolución) y mientras esté vigente la suspensión, no correrán los términos para todos los efectos de ley.
Se debe resaltar que esta medida no aplica para:
- Plazos de declaración y pago de los impuestos distritales.
- Trámites de la Dirección Distrital de Cobro que involucren órdenes de embargo sobre los bienes del contribuyente o deudor.
Ver: Resolución SDH-000016 de 2021
Redacción INCP