Desde el 8 de febrero, SDH modifica términos de procesos administrativos

Desde el 8 de febrero, SDH modifica términos de procesos administrativos

A partir del lunes, 8 de febrero, se levantó la suspensión de los términos de los procesos administrativos que adelanta la Dirección de Cobro de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), que estaban suspendidos desde el 8 de enero, mediante la Resolución No. 16 de 2021. De esta forma, vuelven a correr los términos derivados de las actuaciones administrativas desarrolladas en los procesos cobro de obligaciones tributarias y no tributarias y depuración de cartera.

Sin embargo, continúan suspendidos, hasta el 8 de abril, los términos legales previstos en los procesos administrativos de la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá (DIB). Lo que significa que no correrán los términos legales para todos los efectos de ley en los procesos de gestión, fiscalización, determinación, discusión y devolución de la DIB.

Es importante señalar que la Secretaría de Hacienda centralizó, en el SuperCade CAD, ubicado en la carrera 30 No. 25-90, la atención de los trámites para la notificación personal de los actos administrativos asociados a los procesos de cobro coactivo. Por tal motivo, las personas que han recibido comunicaciones para adelantar el proceso de notificación pueden acudir, según el pico y cédula, a partir de este lunes al área de radicación de documentos de la Entidad. Así, se garantiza el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad y se facilitará el trámite a los ciudadanos.

Fuente: SDH

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