Se acercan vencimientos para los obligados a presentar medios magnéticos a la DIAN

Se recuerda que mediante la Resolución 00070 de 2019*, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) determinó el contenido y los requisitos del reporte de la información exógena del año gravable 2020, cuyos vencimientos inician a partir del 11 de mayo hasta el 09 de junio de 2021 para personas jurídicas y naturales, tal como se registra a continuación:
Últimos dígitos | Fecha |
01 a 05 | 11 de mayo |
06 a 10 | 12 de mayo |
11 a 15 | 13 de mayo |
16 a 20 | 14 de mayo |
21 a 25 | 18 de mayo |
26 a 30 | 19 de mayo |
31 a 35 | 20 de mayo |
36 a 40 | 21 de mayo |
41 a 45 | 24 de mayo |
46 a 50 | 25 de mayo |
51 a 55 | 26 de mayo |
56 a 60 | 27 de mayo |
61 a 65 | 28 de mayo |
66 a 70 | 31 de mayo |
71 a 75 | 01 de junio |
76 a 80 | 02 de junio |
81 a 85 | 03 de junio |
86 a 90 | 04 de junio |
91 a 95 | 08 de junio |
95 a 00 | 09 de junio |
Igualmente, la resolución informa que los obligados a presentar el reporte de información exógena deberán tener en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior (2019) y los obtenidos durante el año 2020.
Por otra parte, con la Resolución 00023 de 2021**, la DIAN llevó a cabo modificaciones a los obligados y las características técnicas para el reporte destacando a los nuevos obligados, contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación SIMPLE.
*“Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, por el año gravable 2020, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega”.
**“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 000070 del 28 de octubre de 2019”.
Redacción INCP