MinHacienda fija porcentajes del componente inflacionario e interés presunto para el año gravable 2022 y 2023

MinHacienda fija porcentajes del componente inflacionario e interés presunto para el año gravable 2022 y 2023

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió el Decreto 0848 del 29 de mayo de 2023*, por el cual se fijan los porcentajes del componente inflacionario no constitutivo de renta, ganancia ocasional, costo o gasto por el año gravable 2022 y el rendimiento mínimo anual de préstamos entre las sociedades y sus socios por el año gravable 2023. Recordemos que según lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto Tributario (E.T.), para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que todo préstamo en dinero que otorguen las sociedades a sus socios o accionistas, o viceversa, generará un rendimiento mínimo anual equivalente a la tasa DTF vigente a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al año gravable. Por su parte, el artículo 40-1 del E.T. dispone que el componente inflacionario de los rendimientos financieros se determinará como el resultado de dividir la tasa de inflación del respectivo año gravable por la tasa de captación más representativa del mercado en el mismo periodo.

De esta forma, el decreto establece los siguientes porcentajes:

  • El 13,70 % por el año gravable 2023 para el rendimiento mínimo anual por préstamos otorgados por las sociedades a sus socios o accionistas, o viceversa.
  • El 100 % del componente inflacionario por el año gravable 2022 para personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad.
  • El 100 % del componente inflacionario por el año gravable 2022, para los rendimientos financieros que distribuyan los fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores.
  • El 51,78 % del componente inflacionario por el año gravable 2022 de los costos y gastos financieros de las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad, contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.

Para más información, consulte el decreto a continuación.

Ver: Decreto 0848 – 2023 – MinHacienda

*”Por el cual se reglamentan los artículos 35, 38, 39,40,40-1,41, 81, 81-1 Y 118 del Estatuto Tributario y se sustituyen los artículos 1.2.1.7.5. del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, 1.2.1.12.6. Y 1.2.1.12.7. del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1,1.2.1.17.19. del Capítulo 17 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, sobre el interés presunto y el componente inflacionario”.

Redacción INCP

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