Aspectos a tener en cuenta en la implementación de las NICC 1

Aspectos a tener en cuenta en la implementación de las NICC 1

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) confirmó, en uno de sus conceptos emitidos, los aspectos a tener en cuenta para la implementación de la NICC 1: control de calidad en las firmas de auditoría que realizan auditorías y revisiones de estados financieros, así como otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados en una organización.

De acuerdo con el CTCP, los contadores públicos que realicen trabajos de auditoría de información financiera, revisión de información financiera histórica, trabajos de aseguramiento u otros servicios profesionales, aplicarán las NIA, las NITR, las ISAE o las NISR, contenidas en el anexo 4 del Decreto Único Reglamentario-DUR 2420 de 2015, y demás normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.

De acuerdo con lo establecido en el Art. 1.2.1.7., del Decreto Único Reglamentario–DUR 2420 de 2015, los contadores públicos que presten servicios de revisoría fiscal, auditoría de información financiera, revisión de información financiera histórica u otros trabajos de aseguramiento, aplicarán a las Normas Internacionales de Control de Calidad.

Por ello, una firma de auditoría debe establecer un sistema de control de calidad que le proporcione un grado de seguridad en los siguientes aspectos:

  • La firma de auditoría y su personal cumple las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables
  • Los informes emitidos por la firma de auditoría o por los socios de los encargos son adecuados en función de las circunstancias.

Ver: CON – CTCP-10-01368-2019

Redacción INCP

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