MinSalud confirmó obligatoriedad del revisor fiscal para entidades del Estado prestadoras de servicios de salud

Como respuesta a una consulta relacionada con el revisor fiscal para Empresas Sociales del Estado prestadoras de servicios de salud, el Ministerio de Salud confirmó que dichas entidades, sin importar su naturaleza, deberán tener revisor fiscal designado por la Asamblea General de Accionistas.
Adicionalmente, resalta que toda empresa social del Estado que esquematice un presupuesto igual o superior a 10.000 SMMLV deberá tener un revisor fiscal independiente designado por la Junta Directiva.
Pare este caso, el revisor fiscal cumplirá sus funciones de acuerdo a lo estipulado por los organismos competentes, señaladas en la ley y en los reglamentos.
Redacción INCP