Concepto 547 del CTCP sobre reconocimiento de ingresos

Concepto 547 del CTCP sobre reconocimiento de ingresos


El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió concepto relacionado con el manejo contable que se debe dar a los ingresos de una entidad que presta servicios de mensajería y transporte. Según el CTCP “las operaciones de venta desarrolladas por empresas del Grupo 2, se reconocerán en el momento que se cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos en el párrafo 23.10 del anexo No. 2 del Decreto Único 2420 de 2015”, indicando además, que no puede existir una relación de agenciamiento en la prestación del servicio de mensajería y se deberá reconocer la totalidad de los ingresos como ingresos de actividades ordinarias en la prestación de servicios. 

Ver: Concepto 547 CTCP

Redacción INCP

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