Documentos contables deben estar soportados y con facilidad para su impresión

Documentos contables deben estar soportados y con facilidad para su impresión

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), de acuerdo con una consulta sobre la normatividad que solicita la no impresión de los recibos de caja y los egresos, es decir, no manejar archivo físico, aclara lo siguiente:

“Es viable que la entidad consultante genere mediante un software los documentos de soporte y no los imprima (Art. 124 y 128 del Decreto 2649 de 1993), siempre que se deje evidencia en los comprobantes de contabilidad en dónde se encuentran los documentos que lo soportan (Art. 123 del Decreto 2649 de 1993); no obstante, debe asegurarse que en el momento en que sean requeridos los documentos de soporte, estos puedan ser impresos (Art. 123 y 128 del Decreto 2649 de 1993)”.

Es importante aclarar que, los artículos 123, 124 y 128 del decreto 2649 de 1993, explican que los hechos económicos deben documentarse mediante soportes de origen interno o externo debidamente fechados y autorizados.

Ver: CON – CTCP-10-01333-2019

Redacción INCP

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

HTML Snippets Powered By : XYZScripts.com