UVT que aplica para determinar la autoridad competente en reconsideraciones

UVT que aplica para determinar la autoridad competente en reconsideraciones

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante el Concepto No. 010480 de 2026, precisó que la Unidad de Valor Tributario (UVT) que debe utilizarse para determinar la autoridad competente para resolver un recurso de reconsideración es la vigente en la fecha en que dicho recurso se interpone, y no la correspondiente a la fecha de notificación del acto administrativo impugnado.

La consulta surgió porque el artículo 560 del Estatuto Tributario establece que la autoridad competente para resolver un recurso de reconsideración depende del valor económico en UVT del acto administrativo impugnado, es decir, de los valores determinados por concepto de impuestos y sanciones. Sin embargo, la norma no precisa si ese valor debe calcularse utilizando la UVT vigente cuando se notificó el acto administrativo o la vigente cuando el contribuyente presenta el recurso de reconsideración.

Para resolver esta inquietud, la DIAN acudió al artículo 40 de la Ley 153 de 1887[1], según el cual los recursos se rigen por las normas vigentes al momento de su interposición. Con fundamento en esta disposición, concluyó que el valor económico del acto administrativo debe expresarse utilizando la UVT vigente en la fecha en que se presenta el recurso de reconsideración, pues esa es la unidad de medida que debe emplearse para establecer qué funcionario o dependencia de la entidad es competente para resolverlo.

La entidad recordó, además, que el valor de la UVT se actualiza anualmente y tiene vigencia entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año, conforme al artículo 868 del Estatuto Tributario. En consecuencia, la variación anual de la UVT puede incidir en la determinación de la autoridad competente cuando el recurso de reconsideración se interponga en un año diferente al de la notificación del acto administrativo.

Para más detalles, consulte el siguiente documento.

Ver: Concepto 010480 2026 – DIAN – INCP

Redacción INCP


[1] Que adiciona y reforma los Códigos nacionales, la ley 61 de 1886 y la 57 de 1887.

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