Todas las entidades nacionales sin ánimo de lucro, y aquellas del Régimen Tributario Especial, deberán registrar sus recursos no reembolsables
Según la Resolución No 358 del 28 de agosto de 2017, desde ahora todas las fundaciones, asociaciones, corporaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, además de aquellas admitidas al Régimen Tributario Especial, deberán registrar los recursos de cooperación internacional, que se reciban o ejecuten en Colombia, ante la Agencia Presidencial de Cooperación internacional de…
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