Por lo tanto, no se trata de reconocer los efectos jurídicos sino los económicos de las distintas transacciones o sucesos que crean, modifican o extinguen recursos económicos.
Hernando Bermúdez Gómez Tomado de CONTRAPARTIDA Número 5795 abril 26 de 2021 Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana
