De acuerdo con el artículo 755-3 del Estatuto Tributario (E.T.), si existen ´indicios graves´ de que los valores consignados en cuentas bancarias o de ahorro a nombre de terceros corresponden a ingresos del contribuyente, se presume que el 50 % del total de dichas consignaciones constituye renta líquida gravable, independientemente de que este valor figure…
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