Viabilidad de la prórroga automática de los acuerdos concordatarios celebrados entre una persona natural y sus acreedores
De acuerdo con el artículo 117 de la Ley 1116 de 2006, los acuerdos concordatarios deben regirse por las normas aplicables al momento de empezar el régimen de insolvencia, y ante el fracaso o incumplimiento del acuerdo se debe dar inicio a la liquidación judicial regulada en las normas de insolvencia vigentes, pero es necesario…
Read more
