¿Estados financieros con cierre diferente a 31 de diciembre?

¿Estados financieros con cierre diferente a 31 de diciembre?

Mediante el Concepto 1154 de 2020, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) dio respuesta al interrogante: ¿se pueden emitir estados financieros con corte 1 de enero de 2020 a 16 diciembre de 2020? Teniendo en cuenta que se liquidará la sociedad.

A lo que se especifica que la NIC 1 párrafo 36 expone: “Una entidad presentará un juego completo de estados financieros (incluyendo información comparativa) al menos anualmente. Cuando una entidad cambie el cierre del periodo sobre el que informa y presente los estados financieros para un periodo contable superior o inferior a un año, revelará (además del periodo cubierto por los estados financieros):

(a) la razón para utilizar un periodo de duración inferior o superior, y (b) el hecho de que los importes presentados en los estados financieros no son totalmente comparables”.

Por lo tanto, las sociedades comerciales pueden presentar estados financieros con cortes diferentes al del 31 de diciembre, pero sin dejar de presentarlos a esa fecha cada año. Por lo que deberán realizar un corte contable y generar el juego completo de estados financieros junto con la certificación y disponerlos para aprobación o improbación. En caso de que se tratase de liquidación, aprobada la disolución se prepararán los estados financieros para su liquidación.

Ver: Concepto 1154 de 2020

Redacción INCP

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