No olvide realizar la actualización anual de datos ante la JCC
El INCP le recuerda que por medio de la Resolución 973 de 2015 se determinó que los contadores públicos y las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable a los que se les haya expedido la tarjeta profesional, o tarjeta de registro profesional, deben actualizar los datos registrados ante la Junta Central de Contadores (JCC) antes del 1 de marzo de cada año, mediante la página web de esta entidad.
¿Qué información debo actualizar?
- Los contadores públicos deben reportar los cambios que hubieren tenido en el último año concernientes a la dirección de domicilio, estudios realizados y experiencia profesional.
- Las entidades que presten servicios propios de la ciencia contable deben reportar los cambios que hubieren tenido en el último año concernientes al domicilio, nombre completo e identificación del representante legal, relación de socios, accionistas o asociados, indicando los cambios o modificaciones en estos.
¿Qué pasa si no realizo esta actualización?
En este caso, los certificados de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios contendrán anotación del incumplimiento de la obligación de actualizar, sin que ello invalide el registro del contador público o de las entidades que presten servicios de la ciencia contable y la información contenida en el mismo.
Tenga presente que, si usted no presenta cambio alguno en sus datos de actualización, de igual manera deberá ingresar a la página web de la JCC y confirmar la información previamente registrada.
Consulte el paso a paso para la actualización de datos personas naturales aquí.
Consulte el paso a paso para la actualización de datos sociedades aquí.
Redacción INCP